GLOSARIO Y DEFINICIONES EMPRESA DE ASEO DE BUCARAMANGA EMAB S.A. E.S.P.
Es toda actuación que inicie cualquier persona ante la empresa.
Es la solicitud a través de la cual el suscriptor y/o usuario de un servicio público domiciliario, exige o demanda una solución al prestador, ya sea en interés particular o general, en razón a la prestación indebida o irregular del servicio.
Es la manifestación de protesta o de inconformidad que formula el suscriptor y/o usuario de un servicio público domiciliario, en relación con una conducta o una actuación del prestador que considera irregular.
Acto del suscriptor y/o usuario para obligar al prestador a revisar ciertas decisiones que afectan la prestación del servicio o la ejecución del Contrato de Condiciones Uniformes para la prestación del servicio público, específicamente las relacionadas con la negativa del contrato, suspensión, terminación y Facturación.
Acto del suscriptor y/o usuario, utilizado como medio de defensa para controvertir las decisiones con ocasión de una reclamación o de una queja relativa a la negativa del contrato, suspensión, terminación y/o Facturación del servicio que en primera instancia es revisado por la empresa prestadora del servicio y en segundo por la Superintendencia de Servicio Públicos Domiciliarios.
Es la persona natural y jurídica que ha suscrito el Contrato de Condiciones Uniformes a través de la cual la empresa presta el servicio público domiciliario.
Es la persona natural o jurídica que se beneficia con la prestación de un servicio público, bien como propietario o poseedor del inmueble en donde éste se presta el servicio.
Es aquella encargada de una o varias actividades de la prestación del servicio público de aseo, en los términos del artículo 15 de la Ley 142 de 1994 y demás que la modifiquen o complementen.