Señor USUARIO, SUSCRIPTOR o RECEPTOR FINAL del servicio público domiciliario de ASEO la Empresa de Aseo de Bucaramanga – EMAB SA ESP, le recuerda que si su inmueble hace parte de una propiedad horizontal podrá acceder a la tarifa MULTIUSUARIO, para ello deberá presentar la reclamación por vía electrónica al correo pqryservicioalcliente@emab.gov.co , en el punto de atención ventanilla 10 del Acueducto Metropolitano de Bucaramanga SA ESP y/o en la sede administrativa de nuestra empresa ubicada en el Intercambiador Vial AV quebrada Seca con Cra 15 modulo Comercial 1, solicitud que debe estar acompañada de:

 

Requisitos que el usuario agrupado debe cumplir para acceder a la opción tarifaria:

  1. Presentar la solicitud a la persona prestadora del servicio ordinario de aseo, a la cual se deberá adjuntar el acta del acuerdo en la que conste la decisión de acogerse a la opción tarifaria, suscrita por la asamblea de copropietarios o la autorización firmada por el propietario de cada uno de los inmuebles que conforman el usuario agrupado, en los casos en que no exista copropiedad. Adicionalmente, en la solicitud debe indicarse la persona designada como responsable de firmar las actas de producción de residuos resultado del aforo.
  2. Indicar el sitio de presentación de los residuos y disponer de las cajas de almacenamiento para el aforo de la producción de residuos sólidos.
  3. Disponer de una unidad de almacenamiento de residuos sólidos que cumpla, como mínimo, con los requisitos establecidos en el Decreto 1713 de 2002 o la norma que lo derogue, modifique o adicione.
  4. Presentar los residuos sólidos en un lugar común para la recolección y aforo.
  5. Presentar la relación de usuarios que solicitan acceder a la opción tarifaria, con sus datos identificadores, de acuerdo con el catastro de usuarios. También se deberá informar la existencia de inmuebles desocupados.
  6. Indicar la forma como será asumida la producción de residuos por cada uno de los usuarios individuales que conforman el multiusuario, esto es, por coeficiente de propiedad horizontal, por coeficiente simple de acuerdo con el número de usuarios que conforman el usuario agrupado, o por la distribución porcentual que el usuario agrupado reporte.